Una sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña estable que poner en conocimiento de la Guardia Civil los problemas de drogadicción de una expareja, cuando se denuncia una situación de violencia de género, no supone una vulneración del honor de agresor. Según la resolución, la comunicación de la víctima es una mera puesta en conocimiento de circunstancias que deben conocer los agentes y aunque en abstracto pudieran ser injuriosas, es necesario que se conozcan para saber qué medidas adoptar respecto de la orden de alejamiento impuesta al agresor. Comentario en Noticias Jurídicas.
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